Protección y Ahorro
Sabias que el ahorrar te permite contar con un capital para que en un futuro lo puedas ocupar en: Emergencias, Hogar, Compra de activos, Educación, Salud, Diversión, Negocio o tu vejez. ¡Ahorra!
Protección y Retiro
¿Te imaginas como será tu vida después de los 60 o 65 años? ¿Contaras con un patrimonio para vivir los siguientes 20 o 25 años después de esa edad, sin estar laborando? ¡Ahorra!
¿SABIAS QUE………?
Profesionistas independientes
El 95% no ha contratado un seguro para el retiro.
El 30% que ahorra, lo hace bajo el colchón.
Al 46% le gustaría recibir su ingreso mensual completo cuando se retire.
Al 88% le gustaría ahorrar o contribuir para tener ahorros acumulados, para cuando ya no pueda trabajar.
Estudios sobre trabajadores independientes/informales CONSAR agosto 2014
Empleados
De acuerdo con cálculos de la OCDE en el mejor de los casos, un trabajador alcanzaría una pensión de solo el 26%
CONSAR Comisión nacional del sistema para el retiro
OCDE Organización para la Cooperación y el desarrollo
¿Qué es el seguro de vida y ahorro?
TENEMOS DIFERENTES PLANES DE AHORRO:
Algunos con Valores de Ahorro Garantizados en contrato, en UDIS para blindar el poder adquisitivo de tu ahorro.
Otros enfocados directo a tu RETIRO con Beneficios Fiscales:
• Cada año puedes deducir el ahorro voluntario para tu retiro hasta el 10% de tus ingresos, o hasta $147,000.00 lo que resulte menor.
• A los 65 años podrás de disponer del ahorro más los rendimientos, libres de retención de impuesto.
• Ingresos exentos: cuando recibes tu ahorro en una sola exhibición, podrás exentar del pago de impuestos hasta 90 UMAs anuales. Solo por el excedente se pagara el 20% de ISR
Todos nuestros Planes de AHORRO cuentan con un Seguro de Vida que:
Protege a tu familia o dependientes económicos por la pérdida económica en caso de tu fallecimiento. Se puede contratar a diferentes plazos o hasta los 99 años del asegurado (para toda la vida). Además, permite complementar la protección para el propio asegurado en caso de:
En caso que el asegurado sufra alguna enfermedad o accidente que le provoque una Invalidez Total y Permanente, quedara exento del pago de primas de la cobertura básica y continuara protegido por fallecimiento.
Protección en caso de Invalides Total y Permanente por enfermedad o accidente, en esta cobertura el asegurado recibe en vida la suma asegurada para esta cobertura una vez dictaminada medicamente la invalidez.
• Otorga un respaldo económico a la familia para hacer frente a deudas contraídas en caso de que el asegurado fallezca.
• Mantener la calidad de vida de la familia.
• Pensar con mente fría y sin presiones económicas quien y como resolver la nueva situación al fallecimiento del proveedor económico.
• Protección ante situaciones de enfermedad y accidente que con lleven una Invalidez e incapacidad productiva.
• Puedes elegir el nivel de protección y al plazo que más se adecue a tus necesidades.
• Anticipo por fallecimiento: los beneficiarios podrán solicitar un anticipo de la suma asegurada del 30% por fallecimiento del asegurado con requisitos mínimos. (cuando la póliza tenga una antigüedad de dos años).
• Anticipo por enfermedades terminales:
El Asegurado recibirán el 30% de la suma asegurada por fallecimiento, en caso de que le diagnostiquen alguna enfermedad por cualquier causa como: insuficiencia renal, infarto al miocardio, enfermedad coronaria obstructiva, accidente vascular cerebral, o cáncer; siempre y cuando haya transcurrido tres meses de la contratación y exista un dictamen médico especialista de un pronóstico de vida no mayor a 12 meses.